En esta entrada os vamos ha hablar de la forma jurídica que hemos elegido para nuestra empresa y de los trámites que tenemos que seguir para crearla.
ELECCIÓN DE LA FORMA JURÍDICA DE LA EMPRESA
Hemos elegido la sociedad limitada ( S.L.) porque una de las características
es que la empresa se puede crear con pocos socios, Incluso una sola persona
puede crear la empresa( en ese caso se llamaría sociedad limitada unipersonal).
El capital inicial es relativamente bajo 3005, 06€. También nos interesa que la
adquisición de participaciones se quede entre los socios, las acciones no se
puedan vender a personas ajenas a la empresa. Además, tenemos la posibilidad de aportar bienes sin tener que contratar un tasador de los mismos. No hay obligación de que una sociedad de responsabilidad limitada comience a operar en un periodo de tiempo establecido después de su constitución.
La principal razón por la que hemos elegido el modelo de sociedad limitada es porque nos ofrece una responsabilidad limitada y en caso de deuda los socios no responden con su patrimonio a estas, únicamente responderían con el capital aportado.
La principal razón por la que hemos elegido el modelo de sociedad limitada es porque nos ofrece una responsabilidad limitada y en caso de deuda los socios no responden con su patrimonio a estas, únicamente responderían con el capital aportado.
Pero también nos
encontramos con algún inconveniente, los trámites deben realizarse ante notario
lo que conlleva más gasto además de ser un proceso lento, esta sujeta al pago
de impuestos de sociedades, tenemos la obligación de presentar cuentas anuales,
entre otros.
TRÁMITES DE CONSTITUCIÓN Y PUESTA EN MARCHA DE LA EMPRESA
Para llevar a cabo la constitución de la empresa tenemos que seguir los siguientes pasos:
- Solicitud del Certificado de Denominación
Social.
- Apertura de Cuenta
Bancaria.
- Redacción de - Estatutos
y firma de Escritura de Constitución.
- Pago Impuesto de
Transmisiones Patrimoniales.
- Inscripción en el Registro Mercantil.
- Solicitud CIF,
Declaración Censal e Impuesto de Actividades Económicas.
- Alta en el Régimen
de Autónomos y/o General de socios y trabajadores.
- Solicitud del Libro
de Visitas.
En este post ponemos solo el nombre de los pasos a seguir, pero en el documento Word habrá una breve explicación de cada uno de ellos.
Hasta pronto! ;)
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